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“El derecho de los consumidores”

“Todos somos consumidores”
John F. Kennedy. 1962

“Todos somos consumidores”, dijo el Presidente estadounidense en el congreso de su país en un discurso en 1962, donde además señaló que los ciudadanos tienen derecho a la seguridad, a la información, a la libre elección y a ser escuchados por las empresas.

El derecho del consumidor propende por una protección que garantice los intereses de la parte débil en las relaciones de consumo. Es un derecho tan amplio como el mercado mismo y está, hoy en día, altamente conectado con otras políticas y libertades de los ciudadanos.

Antes de la segunda guerra mundial tímidamente se hablada de consumidor, solo hasta que el mundo volcó sus estrategias de políticas públicas a un sistema de economía de mercado, comenzó a considerarse la libre competencia, la protección a los derechos de propiedad, los mecanismos para asignar recursos, asignar responsabilidades en los problemas económicos y empezó a preocuparse por qué producir, cómo producir y para quién producir.

En Colombia, el tema empezó a cuajarse en la segunda mitad del siglo XX, gracias al crecimiento industrial y económico que se vivió en el país en esa época. En la década del 60, por ejemplo, el gobierno nacional se vio en la necesidad de orientar sus esfuerzos para frenar las alzas de los precios en artículos de primera necesidad y de las tarifas de servicios.

A principios de los 90s, gracias al proceso de modernización estatal que atravesó el país, la nueva Constitución Política, la simplificación de trámites y la reestructuración del aparato productivo estatal, ocurre la reorganización de la Superintendencia de Industria y Comercio, entidad hasta hoy, encargada de salvaguardar los derechos de los consumidores, proteger la libre competencia y ejercer como autoridad nacional de propiedad industrial.

Hoy en día es perfecto afirmar que vivimos en una época de democratización de la información, lo que empodera a los consumidores y les da herramientas efectivas para luchar por sus derechos en las relaciones de consumo.

Sin embargo, son pocas las personas en Colombia que conocen cuáles son sus derechos como consumidores y cómo ejercer poder sobre los mismos. El Estatuto del Consumidor demarcó la ruta de derechos en 12 aspectos que marcan la pauta en las relaciones de consumo. En ese entendido los consumidores tienes derecho a:

  • Recibir productos de calidad, según las condiciones que se establecen en la garantía legal y las habituales del mercado.
  • Tener productos seguros, esto es que el uso normal de los mismos, por un lado, no causen daño y, por otro, que las consecuencias de su uso no sean nocivas para la salud, la vida o la integridad de quien los consume.
  • Recibir información veraz, completa, transparente, oportuna, verificable, comprensible, precisa e idónea sobre los productos o servicios que se ofrecen en el mercado.
  • Recibir protección contra la publicidad engañosa.
  • Reclamar directamente al productor, proveedor o prestador del servicio y obtener reparación integral de los daños sufridos, así como tener acceso a las autoridades administrativas y judiciales para reclamar.
  • Obtener protección contractual, lo cual incluye ser protegido de las cláusulas abusivas en los contratos de adhesión.
  • Elegir libremente los bienes y servicios que considere que satisfacen sus necesidades.
  • Organizarse y asociarse para proteger sus derechos e intereses, así como ser oídos por quienes cumplan funciones públicas.
  • Hacerse representar para la solución de sus reclamaciones.
  • Tener acceso a los medios masivos de comunicación para informar, divulgar y educar sobre el ejercicio de los derechos de los consumidores.
  • Recibir educación sobre sus derechos y la forma para hacerlos efectivos.
  • Ser tratados de manera equitativa.

A estas alturas solo restan dos cuestionamientos, ¿quiénes son consumidores para la normativa colombiana? y ¿cómo hacer para ejercer los derechos que protegen a los consumidores?

El Estatuto del Consumidor define consumidor como toda persona natural o jurídica que, como destinatario final, adquiera, disfrute o utilice un determinado producto o servicio, cualquiera que sea su naturaleza para la satisfacción de una necesidad propia, privada, familiar o doméstica y empresarial cuando no esté ligada intrínsecamente a su actividad económica.

Finalmente, cuando un consumidor ve vulnerados sus derechos dentro de una relación de consumo, puede acudir a la Superintendencia de Industria y Comercio y presentar una denuncia, si quiere proteger el interés general de todos los consumidores, o presentar una demanda si lo que busca es la reparación, cambio del bien o la devolución del dinero.

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